Aeropuerto Alicante-ElcheMenú

Aeropuerto de Alicante

Información sobre equipaje de mano - Objetos prohibidos - Intervención de armas

Objetos prohibidos - Medicamentos - Viajar con armas

Cada pasajero puede facturar el equipaje que incluya su billete según las normas de su compañía aérea. Además, podrá llevar a bordo algunos objetos ligeros y de tamaño reducido como equipaje de mano.

El equipaje de mano incluye dos bultos: una pieza principal y un artículo personal. La pieza principal debe caber en el medidor de equipaje situado en los mostradores de facturación y no puede superar estas medidas: 114 cm en total (56 × 35 × 23 cm) o 22'' × 14'' × 9''.

El resto del equipaje debe facturarse en el mostrador asignado a su compañía aérea, donde le entregarán la tarjeta de embarque y el talón de equipaje.

Algunas aerolíneas low-cost limitan el equipaje de mano a un solo bulto pequeño que debe colocarse bajo el asiento delantero. Por el segundo bulto suelen requerir un pago adicional, o bien facturarlo como equipaje en bodega, a veces sin coste. Consulte con su aerolínea.

Según la normativa de seguridad, antes de acceder a las zonas restringidas del aeropuerto —puertas de embarque y áreas exclusivas para pasajeros— es obligatorio pasar por los filtros de control. En ellos se utilizan arcos detectores de metales para las personas y equipos de Rayos X para el equipaje.

En caso necesario, el personal de seguridad puede realizar una inspección manual adicional. Según el tipo de escáner disponible en el control, es posible que le pidan sacar el ordenador portátil u otros dispositivos electrónicos de su funda para revisarlos por separado.

Los pasajeros no pueden llevar a la zona de seguridad ni a la cabina del avión objetos que puedan suponer un riesgo para la salud de los pasajeros, la tripulación o la propia aeronave. Estos artículos deben facturarse en el check-in o someterse al procedimiento correspondiente para poder transportarlos.

Si no se cumple, el personal de seguridad puede retirarlos. Además, pueden impedir el acceso a las zonas restringidas o a la cabina a cualquier pasajero que porte un objeto sospechoso, incluso si no aparece en las listas oficiales de artículos prohibidos.

 

Por su propia seguridad, y la de los demás pasajeros, no facture ni transporte consigo equipaje de personas desconocidas.

Objetos prohibidos en el equipaje de mano

Objetos peligrosos

Cualquier objeto que pueda suponer un riesgo para la salud de los pasajeros, la tripulación o la seguridad de la aeronave debe facturarse en el check-in o someterse al procedimiento correspondiente para poder transportarlo.

No existe una lista cerrada de artículos peligrosos, ya que algunos pueden generar dudas (bastones, trípodes, accesorios deportivos, etc.). La decisión final siempre corresponde al personal de seguridad. Si no está seguro sobre algún objeto, acuda con tiempo y consulte directamente en el control de seguridad.

 

Objetos peligrosos generales
Objetos punzantes, cortantes o contundentes que sean susceptibles de ser usados para intimidar, agredir o poner en peligro la seguridad.
Otros objetos peligrosos
Cualquier otro que ponga en riesgo la salud de los pasajeros y la tripulación.
Cualquier otro que ponga en riesgo la seguridad de la aeronave y sus bienes.

Recuerde que el hecho de que su aerolínea acepte ciertos artículos ambiguos como equipaje de mano, éstos pueden no ser admitidos en la zona de seguridad en los controles de seguridad posteriores, o viceversa.

Líquidos y geles

La unión Europea estableció en 2.006 una serie de restricciones a lo que respecta el transporte de líquidos y geles a bordo del avión.

Estas medidas son aplicables a todos los pasajeros que salgan de aeropuertos de la Unión Europea, Noruega, Islandia y Suiza, independientemente de su destino. Las limitaciones afectan a la cantidad de líquidos, o sustancias de consistencia similar, que el pasajero puede transportar como su equipaje de mano.

La normativa permite transportar líquidos en su equipaje de mano, siempre que:

  1. Los líquidos estén contenidos en botes de capacidad máxima de 100 ml.
  2. Estos botes estén guardados en una bolsa transparente, con autocierre, para poderse inspeccionar fácilmente, que no supere el litro de capacidad. Máximo una bolsa por pasajero.

La lista a continuación expone líquidos que sí se pueden transportar en su equipaje de mano:

Agua y otras bebidas
zumos, sopas, jarabes, contenido de biberones, yogures, cremas de untar, alimentación para bebés.
Alimentos o líquidos especiales
para dietas médicas o alimentaciones especiales.
Pasta y cremas
pasta de dientes, cremas y lociones, aceites, colonias..
Geles
champús y gominas..
Contenidos de contenedores presurizados (aerosoles o sprays):
desodorantes, espuma de afeitar, cosméticos para el cabello, lacas y otros de consistencia similar.

Estas limitaciones sólo son aplicables a lo que el pasajero trae consigo, pero se pueden adquirir estos líquidos más allá de los controles de seguridad, en las tiendas duty free del aeropuerto, e incluso a bordo del avión. Si estos productos son vendidos en bolsas selladas, no las abra hasta que no haya finalizado su viaje. Si usted va a continuar su viaje en otro aeropuerto de la Unión Europea, no abra esta bolsa sellada hasta que haya salido del último aeropuerto comunitario.

Estas medidas de seguridad sólo afectan al equipaje que Ud. lleva consigo en el avión o equipaje de mano. Puede llevar en su equipaje facturado todos los artículos antes descritos.

Sustancias químicas y tóxicas

No podrán transportarse como equipaje de mano ni colocarse en la bodega de equipajes los siguientes artículos:

  • Ácidos y álcalis (por ejemplo, baterías húmedas que puedan sufrir derrame).
  • Sustancias corrosivas o blanqueadoras (mercurio, cloro, etc.).
  • Nebulizadores neutralizadores o incapacitantes (macis, rociadores de sustancias picantes, gases lacrimógenos, etc.).
  • Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial).
  • Venenos.
  • Materiales infecciosos o que entrañen un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus).
  • Materiales con capacidad de inflamación o combustión espontáneas.
  • Aparatos extintores.

El personal de seguridad podrá denegar el transporte de todo equipaje de bodega que contenga un artículo no enumerado que suscite su recelo.

Medicamentos

Si requiere viajar con medicamentos sólidos, es recomendable que los transporte en su equipaje de mano. Acompáñelos de la receta, prescripción médica, o justificación específica de la condición del pasajero, por si el personal de control así lo pudiera requerir.

Los medicamentos líquidos están exentos de las restricciones que afectan al transporte de líquidos en el equipaje de mano, siempre y cuando el uso del mismo sea requerido por el pasajero mientras dure el viaje y su extensión: vuelo de ida + estancia + vuelo de regreso.

Aunque la normativa de líquidos no sea aplicable en este caso, los medicamentos líquidos también deberán ser mostrados en el control de seguridad, y presentados aparte de la bolsa transparente que se necesita para el transporte de los otros líquidos.

En el caso de necesitar transportar otro tipo de utensilios médicos, tales como jeringuillas para diabéticos, aparatos medidores, etc., es recomendable informarse del procedimiento específico de su compañía aérea antes de volar.

Armas de fuego

Los objetos descritos a continuación, no podrán ser transportados como equipaje de mano, y por lo tanto tendrán que ser facturados.

  • Cualquier clase de arma de fuego: pistolas, revólveres, escopetas, etc.
  • Reproducciones de armas de fuego o imitaciones de armas de fuego o fogueo
  • Piezas procedentes de armas de fuego, excepto visores y miras telescópicas.

Si tiene intención de transportar armas de fuego, deberá dirigirse al Departamento de Intervención de Armas del aeropuerto para obtener la autorización necesaria. Las armas han de ir embaladas en un estuche adecuado y le serán devueltas en Intervención de Armas del aeropuerto de destino, previa entrega de la autorización obtenida en origen.

Otro tipo de armas

  • Pistolas de aire comprimido y escopetas de perdigones.
  • Pistolas lanza-señales.
  • Pistolas "estárter".
  • Pistolas de juguete de cualquier tipo (bolas, etc).
  • Pistolas de proyectiles fijos y pistolas de uso industrial.
  • Ballestas, catapultas, arpones y fusiles de pesca.
  • Pistolas de sacrificio animal o aparatos para aturdir o provocar descargas, como aguijones o pistolas láser.
  • Mecheros o encendedores con forma de arma de fuego.

Departamento de Intervención de Armas

Guardia Civil

Terminal de pasajeros NAT planta 0, vestíbulo de Salidas.

Información adicional

Fuerzas de seguridad en el aeropuerto: Guardia Civil y Policía Nacional en servicos complementarios.

Obtenga más información acerca de los objetos prohibidos en el equipaje de mano y en el equipaje facturado en aeropuertosenred.com .

¿Le gustaría saltarse la cola del control de seguridad? Fast Lane reduce el tiempo de embarque y permite llegar antes a la zona de embarque o a las salas VIP.

Cerrar